Yo, a diferencia de su organización, estoy a favor de la ley del aborto. Y de la eutanasia. Me parece bien el suicidio: es un asunto de cada uno, de cada individuo. Estoy en contra de la pena de muerte (a diferencia de su empresa, que está a favor: artículo 2266 de su catecismo o reglamento).
Sin embargo, la excomunión me parece como el hechizo en un cuento de hadas; como si un budista me dice que me voy a reencarnar en cucaracha; o como si un musulmán me promete cien mil vírgenes. Lo mismo me pasa con la apostasía: para mí no tiene ningún sentido. Por la misma razón no puedo considerarme hereje o blasfemo, porque cuando hablo de Dios lo hago en la misma tesitura que cuando hablo de los gnomos, Sauron, Satanás o el monstruo del Lago Ness. Pura ficción. Hace unos años me costó convencer a mi primo pequeño de que los dragones que escupen fuego y custodian tesoros no existen: él creía en ellos. Ya ve: cuentos de niños.
Eso sí: yo le envié una carta, hace algo más de un año, aunque seguro que no me recuerda. No sé si habrá puesto una cruz junto a mi nombre en sus archivos. En realidad fue más que una carta: le envié un burofax para que el archivero de su empresa cancelase mis datos de sus archivos. No me respondió nadie (vid. Anexo I).
Ante su silencio, y siguiendo el procedimiento legal, interpuse un recurso ante la Agencia Española de Protección de Datos (vid. Anexo II). Esta Agencia me respondió (en esto consiste la educación: se dirigen a ti y tú respondes) que no podía hacer nada, que era una incompetente en el asunto. Dicen esto [yo apostillo entre corchetes; la negrita y el subrayado es de la Agencia]:
«Siguiendo el criterio marcado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS), los Libros de Bautismo [¿por qué escribirán “libros” y “bautismo” en mayúscula? ¿Quizá los magistrados el Tribunal Supremo consideran que son sagrados en este Estado laico y aconfesional? En cualquier caso yo no solicité que cancelasen mis datos de tales libros, sino todos mis datos personales que figurasen en sus archivos. Supongo que esta es la respuesta estándar que les mandan a todos los que han solicitado esto.] no constituyen ficheros en los términos que se consideran por la Ley Orgánica 1/1999 y además, tampoco cabe estimar aplicable el art. 4.3 de la citada Ley, relativo a la exactitud y veracidad en cada momento de los datos, motivo por el que se instaba la anotación marginal en los Libros de la Iglesia.
Esta jurisprudencia ha sido ya recogida en la reciente sentencia de la Audiencia Nacional, de 22 de octubre de 2008.
Por todo ello, cabe concluir que la Agencia no es competente [como decía: la Agencia es incompetente] para resolver la cuestión planteada, al no resultar de aplicación la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal, en los términos y con los argumentos contenidos en la sentencia del Tribunal Supremo de 19 de septiembre de 2008.
No obstante, la Agencia Española de Protección de Datos ha presentado con fecha 23 de octubre de 2008 un escrito de nulidad de actuación con relación a la citada sentencia del Tribunal Supremo, de 19 de septiembre de 2008, al amparo de lo establecido en los artículos 240 y 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y, en el caso de no prosperar, interpondrá recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional
En el supuesto de que en el futuro, como consecuencia de las actuaciones referidas, se modifique el criterio interpretativo del Tribunal Supremo hoy vigente, el reclamante podrá, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la LOPD, solicitar a esta Agencia que analice la procedencia o improcedencia de dictar resolución de tutela de derechos en el caso de que no se atienda debidamente una nueva reclamación de cancelación de sus datos personales en el Libro de Bautismo.»
Y me saludan atentamente.
En fin.
Aquí está el burofax que le envié al responsable de sus ficheros:
Anexo I
“Obispado de Cartagena
Plaza del Cardenal Belluga, 1
30001, Murcia
A la atención del responsable del fichero de la Diócesis de Cartagena:
«Yo, [aquí mi nombre y apellidos], con D.N.I. tal y cual, les comunico por la presente mi voluntad de ejercer mi derecho a la cancelación de todos mis datos personales que obren en sus ficheros, tal como establece el artículo 16 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los artículos 31 y 32 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, así como los artículos correspondientes.
En ejercicio de este derecho que me reconoce la Ley, exijo que cancelen mis datos, de modo que, como se establece en la normativa citada, procedan primero al bloqueo y, transcurrido el plazo legal, a la cancelación definitiva de todos mis datos personales que obren en su poder.
A tal efecto, adjunto en la presente una fotocopia de mi D.N.I. y reitero mi voluntad firme, consciente y libre de que procedan, en el plazo de diez días reglamentariamente establecido, a la cancelación de todos mis datos personales que consten en sus ficheros. En caso de que en el plazo de diez días desde la recepción de la presente solicitud no me respondan expresamente, procederé a interponer la reclamación prevista en el artículo 18 de la Ley Orgánica 15/1999 ante la Agencia Española de Protección de Datos para defender mis derechos legítimos.»
Anexo II
Como decía, no me respondió nadie (¡qué poca educación, señores!), así que interpuse una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, Incompetente ante la Iglesia:
«RECLAMACIÓN DE TUTELA POR DENEGACIÓN DEL DERECHO DE CANCELACIÓN
D. Mengano de Tal, mayor de edad, con D.N.I. tal y cual y con domicilio a efecto de notificaciones en C/ Tal Cual, Murcia,
EXPONE
Que, acogiéndose al artículo 16 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y a los artículos 31 y 32 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, le envió, por burofax, una solicitud de cancelación de datos personales al responsable del fichero de la Diócesis de Cartagena con fecha 17/08/2009 (adjunto copia del recibo del burofax y copia de la petición de cancelación).
Este burofax fue entregado en el Obispado de Cartagena el 18/08/2009 a las 12.13 h. a D. Fulano de tal, con D.N.I. tal (adjunto copia del acuse de recibo).
Transcurridos los diez días hábiles legalmente previstos sin obtener ninguna respuesta por parte del responsable de los ficheros de la Diócesis de Cartagena, procedo a interponer, por tanto, la reclamación prevista en el artículo 18 de la Ley Orgánica 15/1999 ante la Agencia Española de Protección de Datos para defender mis legítimos derechos, que han sido vulnerados por el silencio irresponsable de la Diócesis de Cartagena.
En consecuencia,
SOLICITA
la tutela efectiva de la Agencia Española de Protección de Datos al amparo de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por vulneración del artículo 16 de la referida Ley Orgánica, y de los artículos 31, 32 y 33 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que la desarrolla.
Solicito, pues, que se aplique la ley en todo su rigor y se exija al responsable de los ficheros de la Diócesis de Cartagena que proceda a la cancelación de mis datos personales que obren en su poder.
Murcia, 7 de septiembre de 2009»
Esta es la situación: una indefensión plena y una vulneración asombrosa, podríamos decir medieval, prehistórica, de mis derechos legítimos. Y este es el problema: el sistema está podrido desde sus mismas raíces, porque la religión lo infecta todo, todo lo carcome. Sólo queda esperar -¡cuántos siglos llevamos esperando!- que la próxima ley de libertad religiosa (¡Libertad religiosa! Ese sintagma es un oxímoron, porque la religión niega la libertad; no sólo la niega, sino que atenta contra sus mismos fundamentos) obligue a su organización (una organización que aún tiene cuentas pendientes con la humanidad; la lista de sus robos, crímenes y genocidios es casi infinita en los últimos dos mil años de historia, y no se detiene...) a cumplir las leyes que los hombres han acordado.
P.D. Hace poco el Sr. Ratzinger, en un magnífico ejercicio de mentira y desvergüenza, comparó a los ateos con los nazis, cuando son de sobra conocidas (de sobra conocidas para quienes leen, claro) las relaciones entre Pio XII, a la sazón Jefe de su empresa, y el sistema totalitario de la Alemania nazi (de hecho son de sobra conocidas las relaciones que la llamada por los albigenses Puta de Babilonia ha establecido siempre con el poder político, sea cual sea su signo: lo que más cerca nos pilla a nosotros es la dictadura franquista, que fue para la Iglesia como estar en el paraíso y poder campar a sus anchas) (y este enlace es un regalo), por no hablar de la ingente cantidad de citas bíblicas que el católico Hitler incluyó en su Mein Kampf, libro que, le recuerdo, nunca incluyeron en su Index Librorum Prohibitorum et Expurgatorum. Anda que prohibir la lectura de libros... Pero, bueno, ya lo dije una vez: como la ignorancia da la felicidad, cuanto más ignorantes sean sus súbditos, más felices serán... Y, claro, más les durará el negocio a ustedes. Pero su negocio, siento comunicárselo, está tocando a su fin. Todas las religiones han caído, y la suya no va a ser en absoluto una excepción, aunque no vivamos para verlo, ni falta que nos hace. La vida tiene valor por su finitud: la eternidad le quitaría todo sentido a la vida.
Reciba un cordial saludo.
Su más sincero enemigo,
un ateo sin concesiones.
4 comentarios:
Una pequeña puntualización: el Obispo es de Cartagena (Diócesis de Cartagena) aunque viva en Murcia.
Que vamos, que a mí me da igual.
Por mí os lo podéis quedar, pero para dos chuminás que tenemos (la Asamblea Regional y el Obispado, cágate lorito) creo que es de justicia que nos lo reconozcais ;-)
Sin acritud.
Pedro.
Usted disculpe, XDDD
Pero no me hables en plural (yo no represento a ningún colectivo murciano anticartagenero; hablo por mí únicmanete): yo no lo quiero para nada. Por mí como si toda la jerarquía eclesiástica se marcha de Murcia (de la Región) y asciende al cielo para pasar la eternidad disfrutando de la ininterrumpida contemplación del Padre, y del Hijo, que se sienta a la derecha del Padre, y del Espíritu Santo, aunque de éste -que yo sepa- nunca han dicho si tiene un palo de esos que le ponen a los loros, se posa en el hombro del Padre o si prefiere el hombro del Hijo, o si se pasa /se pasó / se pasará la eternidad revoloteando a diestra y siniestra de ambas unas personas trinas (paloma..., trina... Ah... Cágate lorito). Aunque esto seguramente es una cuestión que la teología habrá debatido muy seriamente en miles de páginas, pero no conozco la doctrina al respecto. Es cuestión de mirarlo.
Pero, vamos, que si lo quieres, te lo puedes quedar. Yo lo único que quería de él era que respetase mis derechos, pero está claro que sólo responde ante las leyes divinas, como tantos otros curas, obispos, cardenales, prelados, priores, deanes, prestes, clérigos, sacerdotes, párrocos, vicarios, pastores, ministros, magistrales, capellanes, tonsurados, predicadores, exorcistas, diáconos, novicios, sacristanes, abades, reverendos y papas, cuyos delitos han quedado, quedan y quedarán vergonzosamente impunes.
¡Salud!
Tengo entendido que Benedicto XVI tuvo una estrecha relación en su juventud con el nazismo. Por ello, muchos le han apodado "Natzinguer".
Por lo demás, España jamás será un estado aconfesional mientras haya fiestas del patron y puentes de la purísima. Eso por no hablar de los dilemas éticos-filosóficos prefabricados en los dogmas católicos que nos inculcan desde la tierna infancia.
Suerte con tus acciones legales (:
¡Hola, Darkie!
Lo tienes bien entendido: es de sobra sabido por todos (por todos los que lo saben.Parece una obviedad, pero hay demasiada gente que no sabe nada).
Todo es cuestión de y reivindicar y luchar. Una buena forma de empezar es firmando esto y otras peticiones que puedes encontrar en la página www.laicismo.org.
Besis :D
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