15 marzo 2007

Código esgaesco

Según fuentes cercanas a la administración de este burdel, a partir del día 13 del mes próximo los útiles de escritura tradicionales, tales como lápices, bolígrafos, plumas, ceras, plastidecores, rotuladores, etc., serán gravados con un impuesto esgaesco dada la posibilidad de que cualquier mente vil y abyecta decida emplearlos para imitar la actividad de los antiguos monjes copistas.

Asimismo, estarán sujetos a este gravamen -cuyo objetivo, según demuestra un estudio sueco, es proteger el derecho de propiedad intelectual frente a las vulneraciones a las que es sometido por parte de todos los ciudadanos españoles sin excepción- folios, cartones, cartulinas, maderas, piedras y cualquier otro soporte material en cuya superficie pueda cometerse el delito de copia, que queda tipificado en la nueva redacción del Código esgaesco en los siguientes términos:

“Todo ciudadano español, desde su nacimiento, será culpable de delito contra la propiedad intelectual, aunque se demuestre lo contrario”.

1 comentario:

Jonathan dijo...

Creo que la próxima es poner un canon a los recien nacidos, pues podría ser que estos cantaran canciones de Bisbal en público, lo cual es equiparable a la "reprodución pública de la obra" y vulnera los derechos de autor.

También se está valorando prohibir silbar, y un canon a las mesas, pues en ellas se puede tamborilear los grandes exitos de ramoncín (en minúscula porque no se merece otra cosa).

No me extrañaría que estos malandrínes quisieran poner canon a los instrumentos de música, aunque me da miedo dar ideas.

Saludos